RESOLUCION N° 9/2024
La Plata, 16 de agosto de 2024
VISTO
Reunida la Junta Electoral de la Unión Cívica Radical de la Provincia de Buenos Aires de forma presencial y virtual, mediante la plataforma “Zoom.us”, en sesión identificada con el número ID 725 5973 6888 con la presencia de 5 de sus miembros, con quorum suficiente para resolver; y conforme lasfacultades y obligaciones conferidas por la Carta Orgánica y;
CONSIDERANDO:
1. Que el Plenario de la UCR Buenos Aires, en su sesión del día 2 de julio resolvió convocar a Elecciones Internas de renovación de autoridades partidarias para el día 6 de octubre de2024.
2. Que esta junta electoral dictó la Resolución Nº 8/2024 en la cual se aprobó el Reglamento Electoral que regirá este proceso eleccionario. En particular en su artículo 9 al regular el sistema de presentación de listas estableció “Las listas de candidatos y la documentación respaldatoria deberá ser presentadas para su oficialización en forma digital no presencial (presentación electrónica de listas) vía mail ante el domicilio electrónico de la Junta Electoral que corresponda hasta las 23:59 hs del viernes 6 de septiembre de 2024. La Junta Electoral provincial publicará los domicilios electrónicos válidos de cada uno de los 135 distritos y de la Junta Provincial donde se tendrán por presentadaslaslistas. Asimismo, esta H. Junta Electoral dictará una resolución al efecto reglamentando la presentación de listas digital no presencial”
3. Que el proceso de presentación digital de listas fue utilizado por primera vez por nuestro partido en las elecciones internas partidarias de 2020, debido al marco de aislamiento social y preventivo generado por la Pandemia. Así el resultado obtenido por esta nueva modalidad fue muy exitoso, garantizándole a todos los afiliados a la Unión Cívica Radical que querían participar como candidatos en el proceso de renovación de autoridades la posibilidad de presentar listas en los domicilios electrónicos publicados por esta Junta y como reaseguro se habilitó un mail de la Junta Provincial al cual podían copiar en el mismo mail que envían a la Junta local. Esto término con años de conflictos en donde muchas veces se cerraban las juntas locales y solo se
recibía la Lista de los amigos. El mencionado proceso de presentación, también fue utilizada con los mismos resultados positivos en la elección de renovación de autoridades partidarias del Año 2022.
4. Que la presentación digital de lista es una herramienta que es utilizada por el Juzgado Federal Electoral y por La Junta Electoral de la Provincia para la presentación de candidaturas para cargos nacionales o provinciales en las Elecciones Generales.
5. Que si bien no está establecido en la Carta Orgánica, al efecto de posibilitar el avance en el proceso resulta necesario privilegiar el criterio de razonabilidad por sobre la formalidad estricta, flexibilizando y apelando al sentido de las disposiciones de la carta orgánica, preservando el espíritu de las normas readecuándolo al contexto de la virtualidad y adaptándolo a las nuevas tecnologías.
6. Que ante la proximidad de la fecha de presentación de Listas, resulta indispensable fijar las pautas metodológicas para el procedimiento de presentación de listas, que garantice los principios de amplitud en la participación, transparencia e igualdad.
7. Que la aplicación del sistema digital de presentación de listas comporta un cambio de paradigma en la práctica electoral tradicional, es un avance trascendental en la modernización y transparencia, aventando vicios que obstaculizaban y empañaban los procesos. La ventaja de la digitalización radica en la impersonalización de los presentantes, en la apertura a un electorado indefinido y más amplio efectivizando el postulado de amplia participación, en la eliminación de obstáculos físicos que acompañaban el método tradicional, la optimización de tiempo y recursos humanos en el acto específico de entrega y recepción de listas, despapelización y modernización estructural partidaria.
8. Que en idéntico sentido plantea nuevos desafíos a resolver vinculados con la seguridad y garantías, estabilidad de los sistemas informáticos y dificultades técnicas que obstaculicen el nuevo proceso.
9. Que corresponde aprobar las planillas y toda la documentación necesaria para la presentación de listas.
10. Que en la búsqueda de la remoción de obstáculos y aporte de soluciones a eventuales dificultades ajenas e insubsanables de parte de los aspirantes a participar podemos señalar los inconvenientes técnicos tales como inexistencia de energía eléctrica, o falta de conextividad a internet temporaria. Para la denuncia de estas eventualidades se utilizarán los domicilios electrónicos publicados, donde el posible presentante formule y acredite sumariamente la situación de modo tal que pueda contemplarse el caso y brindar una solución especifica.
11. Que en la resolución de las problemáticas que se susciten en la aplicación del nuevo sistema esta Junta y a las Juntas distritales deberán en un marco de razonabilidad privilegiar el principio de participación.
12. La presentación de documentación en formato digital tendrá́carácter de declaración jurada y su falsedad hará responsables a los apoderados de todas las penalidades partidarias, administrativas, civiles y penales previstas en la legislación. Los presentantes deberán, indefectiblemente, conservar y preservar, bajo su responsabilidad, todos los originales respectivos, para su oportuna presentación a requerimiento de esta H. Junta o el Juzgado Federal con Competencia electoral.
Por ello,
LA JUNTA ELECTORAL DE LA UNION CIVICA RADICAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar el instructivo de presentación de listas de modo digital no presencial –presentación electrónica de listas – que figura como ANEXO I de la presente.
Artículo 2°: Aprobar las Planillas de presentación de candidatos a Delegados a la H. Convención Nacional; Delegados al Comité Nacional, Delegados a la Honorable Convención Provincia, miembrostitulares y suplentesal Comité Provincia, Comité de Distrito y Comité de Circuito; las planillas de auspiciantes y las planillas de Juventud Radical, que se agregan como anexo II de la presente.
Artículo 3°: Notifíquese a todas las Juntas Electorales y Comité de Distrito, regístrese y publíquese la presente en elsitio web: www.ucrbuenosaires.org.ar.
Aprobado con el voto positivo de: Federico Carozzi; Darío Lencina; Mario Carbonel;
GerardoCampidoglio y Diego Castellari.
ANEXO I
024 NOTA PRESENTACION DE LISTAS
RES. – 2024 JR.-DELEGADOS PROVINCIALES JR
RES. – 2024 JR.-CONGRESALES JR
RES. – 2024 JR.-COMITE DISTRITO JR
RES. – 2024 JR.-AVALES JUVENTUD
RES. – 2024 JR.- DELEGADOS SECCIONALES JR